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Aviacsa. La SCT le suspende temporalmente sus operaciones por inseguridad PDF Imprimir E-Mail
escrito por SCT   
lunes, 01 de junio de 2009

Por inseguridad, la SCT suspende vuelos de Aviacsa

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MÉXICO, DF. Junio 2 de 2009. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) suspendió temporalmente las operaciones de 25 aeronaves de la aerolínea mexicana Aviacsa.

La medida es resultado de una verificación reciente a esos aparatos en la que se detectaron irregularidades que representan riesgos a la aviación y un peligro para la seguridad en el transporte de personas y bienes. Aviacsa cuenta con un plazo de 60 días para subsanar las anomalías detectadas.

Por su parte, en un comunicado mal redactado, la aerolínea rechazó las imputaciones de la SCT y la acusó de violar la ley con esta disposición, ya que cuenta con un amparo federal para seguir volando.

 

 

Comunicado de Prensa No. 118.

02/06/2009 | Comunicados

La SCT suspende operaciones de aeronaves de AVIACSA
• Presentaron irregularidades que pondrían en peligro la seguridad en el transporte aéreo.

• La empresa tiene 60 días para regularizar su situación operativa.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), por medio de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) suspendió temporalmente las operaciones de 25 aeronaves del Consorcio AVIAXSA, S.A. de C.V., (AVIACSA).

La medida es resultado de una verificación reciente a esos aparatos en la que se detectaron irregularidades que representan riesgos a la aviación y un peligro para la seguridad en el transporte de personas y bienes.

Aviacsa contará con un plazo de 60 días, a partir de esta fecha, para subsanar las anomalías detectadas en sus unidades; es decir, la determinación de la DGAC no implica la suspensión total de sus operaciones.

La suspensión temporal constituye, exclusivamente, una medida preventiva para garantizar la seguridad en la transportación aérea, y por consecuencia, no deriva de ninguna falta de pago por parte de la empresa. La SCT seguirá atenta a las determinaciones que, bajo su responsabilidad, adopten las autoridades jurisdiccionales que conocen de los diversos asuntos en trámite.

La Dirección General de Aeronáutica Civil tiene a su cargo verificar que todas las empresas dedicadas a la aviación -tanto comercial como privada-, cuenten con mecanismos suficientes y eficaces para prevenir y atender, en forma oportuna y completa, cualquier deficiencia que implique un riesgo para la seguridad aérea.

En su calidad de autoridad aeronáutica, la DGAC debe adoptar las medidas que sean necesarias o convenientes para garantizar las condiciones máximas de seguridad de las aeronaves ya sean temporales o definitivas, para proteger la integridad física de los usuarios.

Esta atribución es un mandato de Ley, por lo que no constituye una facultad discrecional.

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El comunicado de Aviacsa que rechaza estas imputaciones lo puedes ver el link AEROLÍNEAS NACIONALES.

 

Modificado el ( miércoles, 26 de enero de 2011 )
 
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